Tramitacion de documentos

Si hay testamento: obtención de una copia autorizada del testamento, que se solicita al Notario ante quien fue otorgado o el que tenga a su cargo su protocolo. Si no hay testamento: debe procederse a obtener la declaración de herederos legales (herederos intestados o ab intestato), que se otorga ante el Notario del domicilio del difunto por medio de acta notarial en el supuesto de ser sus herederos el cónyuge, ascendientes o descendientes, o ante el juez, en el Juzgado de Primera Instancia, para los demás herederos. En este caso, la ley determina quiénes son los herederos y la parte de la herencia que les corresponde. ADJUDICACIÓN O REPARTO DE LOS BIENES DE LA HERENCIA.

Definida la condición de herederos legales según el caso, éstos deben inventariar los bienes y las deudas del fallecido. La aceptación y adjudicación de los bienes objeto de la herencia requerirá que se haga en escritura pública notarial, siempre que existan fincas que puedan ser inscritas en el Registro de la Propiedad, pudiendo hacerse mediante documento privado en los demás casos. En el documento de adjudicación o reparto de bienes debe constar la aceptación de la herencia por parte de los herederos. También deben relacionarse o inventariarse los bienes que la integran (dentro de los cuales tienen que estar los saldos y demás posiciones que el difunto tenía en las entidades financieras, a cuyo fin se habrán expedido los certificados de saldos correspondientes) y su adjudicación entre los herederos.

Para realizar la partición deben disponer de los siguientes documentos: Certificado de defunción. Certificado de últimas voluntades. Testamento o declaración de herederos. Títulos de propiedad de los bienes del fallecido. Certificados bancarios que acrediten los saldos de cuentas, depósitos, valores, participaciones de fondos de inversión o depósitos financieros de cualquier tipo de que era titular el fallecido. Documentos de cualquier tipo de los que resulten las deudas y cargas de la herencia. IMPUESTO DE SUCESIONES. La liquidación del Impuesto de Sucesiones puede presentarse en cualquiera de las oficinas o delegaciones liquidadoras de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a la residencia habitual del fallecido. El plazo máximo para la liquidación del impuesto ante la administración es de seis meses desde el fallecimiento, transcurrido el cual Hacienda cobrará los recargos e intereses de demora pertinentes. No obstante, podrá solicitarse prórroga por otros seis meses, en cuyo caso se devengarán sólo intereses.

La liquidación del Impuesto de Sucesiones puede realizarse: Mediante autoliquidación a presentar por los herederos utilizando el impreso existente a tal efecto, con ingreso del importe resultante o bien en la propia oficina liquidadora o en entidad bancaria colaboradora, y presentando en la oficina liquidadora la copia del documento de autoliquidación con la validación mecánica del ingreso junto con la escritura o documento privado que contenga el inventario de los bienes, para su comprobación por la citada oficina. Mediante instancia a presentar ante la oficina liquidadora, con inclusión del inventario de bienes de la herencia y su valoración, para que sea la propia oficina liquidadora quien gire la correspondiente propuesta de liquidación del impuesto y lo notifique a los herederos.

Además del impuesto de sucesiones y donaciones, deberá tenerse en cuenta el impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) cuando existan fincas. INSCRIPCIÓN EN REGISTROS PÚBLICOS. Si existen inmuebles entre los bienes que forman parte de la herencia, una vez hecha la adjudicación en escritura pública y liquidado el impuesto de sucesiones, se presentará la escritura en el Registro de la Propiedad en el que estén inscritas las fincas para inscribirlas a nombre de los herederos. Nuestra seriedad y rigor en los trámites hace que cada vez más clientes confien en nosotros. Gestión Laboral: . Altas y bajas de trabajadores . Nóminas y Seguros Sociales. Asesoramiento de Contratación laboral y Mercantil . Informes de viabilidad laboral . Recursos administrativos ante organismos oficiales . Tramintación de Subvenciones por creación y fomento de empleo Gestión Fiscal: – Altas y Bajas en Impuesto de Actividades Económicas, Censal, Aperturas en la Junta de Andalucía y licencias de apertura en Ayuntamientos – Constitución y Asesoramiento de Sociedades Anónimas y Limitadas.

Constitución y Asesoramiento de Comunidades de Propietarios – Liquidación y Presentación de Impuestos Trimestrales de Empresa o Autónomos en Régimen de Estimación Directa, Coeficientes o Módulos – Gestión de Subvenciones en Organismos Oficiales – Contabilidad de Empresas y Personas Físicas – Recursos ante Organismos Oficiales Gestión Administrativa: – Solicitud y tramitación de Adquisición de Nacionalidad – Renovación y Solicitud de Tarjetas de Transporte – Solicitud y Renovación de Licencias de Caza – Solicitud y Tramitación de Radioafición – Solicitud y Tramitación de Licencias de Radiotelefonía Privada Gestión Jurídica: – Asesoramiento en realización de Compras y Arrendamientos – Altas, bajas y modificaciones en el Catastro – Asesoramiento y Gestión en Adjudicaciones y Liquidaciones de Herencias – Tramitaciones de Escrituras, abarcando la Gestión de Notaría, liquidación del Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, Registro de la Propiedad y Plusvalía.

Gestión en Otorgamientos de Testamentos y Últimas Voluntades – Solicitudes de Subvenciones en viviendas de calificación de VPO y VTP Normativa comunitaria para herencias y sucesiones No sé si se habrán dado cuenta, pero últimamente somos ciudadanos europeos. Eso significa muchas cosas, si bien todo lo que significa no nos importa en absoluto. Lo que sí nos importa en este caso es la legislación comunitaria en lo que refiere a herencias y sucesiones. Y nos interesa, entre otras cosas, porque somos abogados especialistas en herencias. Pero dejando cuestiones profesionales aparte, en esta entrada queremos hacernos eco de una noticia, a saber, entra en vigor la nueva normativa comunitaria para herencias.

Se trata de la legislación que regulará las sucesiones transfronterizas de los países miembros. Así lo ha anunciado la Comunidad Europea en un comunicado. Normativa-europea-sobre-herencias-y-sucesiones De este modo, la tramitación jurídica del testamento o la sucesión internacional resultarán más fáciles para los ciudadanos de los países miembros. Con esta nueva legislación se pretende proporcionar seguridad a más de 450.000 familias europeas al año. Esta simplificación se consigue gracias a la unificación de los criterios para determinar la jurisdicción y la aplicación de la ley. En efecto esto se regirá a partir de mañana por un único criterio.

Destaca el principio general de esta ley, según el cual si alguien fallece en un país miembro, que no sea el suyo, se aplicará la legislación del último país en el que haya tenido su residencia habitual. Sin embargo, quien redacta el testamento podrá pedir que se aplique la legislación de su país de origen, si así lo desea. Esto otorgará una cierta seguridad a los ciudadanos, quienes podrán planificar su testamento con anticipación, sin peligro de padecer imprevistos jurídicos. Igualmente, los herederos o administradores de una sucesión podrán mostrar su condición de tales y hacer valer sus derechos sin grandes dificultades, ya que la nueva normativa comunitaria prevé un certificado sucesorio europeo con el que podremos mostrar nuestra condición de herederos o administradores de una sucesión, sin necesidad de más formalidades. De este paso los trámites se agilizan y facilitan considerablemente, algo digno de mención, dada la situación triste que rodea a las herencias y sucesiones. No obstante, si bien esta normativa entra en vigor, los países miembros tendrán que adaptar sus normativas particulares a la misma, para lo cual dispondrán de un periodo de tres años.

Es decir, que no veremos de forma inmediata los efectos de esta ley, puesto que primero se habrá de adaptar nuestra legislación particular. Si tienes dudas al respecto, puedes contactar con nosotros. Nos ponemos a su entera disposición desde este momento para solicitar su pensión, así como todas las tramitaciones y demás derechos que pudieran corresponderle, tramitando el certificado de defunción y últimas voluntades. Si usted lo estima conveniente, es necesario que se persone en cualquiera de nuestras oficinas con los siguientes documentos: DNI, Tarjetas Sanitarias de S.Social, Isfas o Muface y Libro de Familia. Gestionaremos toda la documentación de forma ágil y sencilla. Solicitud Pensión de Viudedad.

Cuaderno Particional Declaración de Herederos Impuesto de Sucesiones (Herencias) Tramitación e Inscripción de Escrituras Liquidación y Pago de Impuestos Plusvalías y Transmisiones Patrimoniales Certificados y Notas Simples Certificados Catastrales Certificados de Últimas Voluntades Renta y Patrimonio Tramitación de Mandamientos y Oficios Tasaciones Inmobiliarias Compra/Venta de Inmuebles Derecho Sucesorio: Testamentos, herencias y sucesiones Abogados somos especialistas en Derecho Sucesorio: Herencias, testamentos y sucesiones Cuando muere un familiar, surgen muchísimas preguntas de tipo legal. Nuestro despacho de abogados se encarga de resolverlas.

Estamos especializados en el Derecho Familiar y nuestra área concreta es el Hereditario. Nos hacemos cargo de todos los trámites y aconsejamos de principio a fin a nuestros clientes. Abogados para Sucesiones ¡Solicite cita ahora! Dado el carácter de extrema importancia como puede ser una herencia, resulta recomendable contar siempre con la ayuda de un profesional de la abogacía en esta materia. Contactar Servicios en Derecho de Sucesiones Contar con un abogado especializado en estos casos ayuda sobremanera en tareas de redacción o negociación legal. También puede ocurrir que haya que impugnar la herencia o revocar el testamento. ABOGADOS somos expertos en la declaración del Impuesto sobre Sucesiones, declaración de Herederos Ab Intestato, impugnación, revocación y anulación de testamentos. Otros servicios: Tramitaciones de herencia Pensiones de viudedad Redacciones legales y negociaciones Traspaso de negocios y bienes familiares Reclamaciones de legados o legítimas Repartición, aceptación o impugnación de herencia Cuadernos particionales.

¿Qué pasos hay que seguir para disfrutar de una vivienda heredada? heredar vivienda Desde mantener el patrimonio familiar que tanto esfuerzo costó a los nuestros alcanzar y que nos llega en forma de herencia, a incluso el legado de una preciosa villa de un primo lejano desconocido, hay una gran variedad de situaciones que se nos presentarán a la hora de disfrutar una vivienda heredada. En ocasiones, se tiende a pensar que heredar una vivienda es mera burocracia o simple papeleo y que, al fin y al cabo, es un legado familiar de nuestros padres o de otros familiares y que, de hecho, la vivienda de alguna manera ya es de nuestra propiedad, por la que ya se ha pagado y tributado. Sin embargo, la realidad puede presentarse bien diferente: posibles disputas con otros herederos, tramitaciones que se alargan en el tiempo, tasas, impuestos, notario, registro…y todos ellos con su prudente plazo de tramitación, lo que puede llegar a provocar el paso de los días e inquietar a los interesados.

Advertir que la legislación no es uniforme en España, sino que hemos de tener en cuenta los distintos territorios forales e históricos donde rige su propia normativa. No obstante, sí que es posible determinar supuestos generales y ciertas situaciones singulares. Cargas fiscales En primer lugar, poner de manifiesto que ser heredero conlleva obligaciones fiscales. Hay que tributar por el Impuesto sobre Sucesiones en la Comunidad Autónoma donde el pariente tenía su domicilio habitual, así como el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (las conocidas plusvalías municipales), ante el Ayuntamiento del municipio donde se hallen. El importe del Impuesto sobre Sucesiones varía en función de variables como el parentesco con el fallecido, los bienes preexistentes del heredero, el valor de los bienes que se heredan o que se van a heredar. Además, cada Comunidad Autónoma tiene unas bonificaciones o unas exenciones diferentes.

Por otro lado, el importe del Impuesto sobre las “plusvalías” varía en función del año de adquisición del inmueble por el fallecido y también puede tener reducciones en función del parentesco del heredero con el causante o en función del importe de la plusvalía. No son pocas las ocasiones en que dicha carga fiscal provoca que los herederos renuncien a la herencia, ya que requiere una mínima solvencia financiera que en la actualidad no todo el mundo posee. Veamos en la tramitacion de una herencia: pasos a seguir cuando hay un fallecimiento: La declaración de herederos: sucesión testada y la ab intestato En este primer punto hay dos situaciones posibles. Que el causante otorgara testamento (sucesión testada) o que, en cambio, no otorgara testamento (sucesión ab intestato). Si el causante ha otorgado testamento será éste el que determine quiénes son los herederos. Si una persona fallece sin haber otorgado testamento, es la Ley la que determina quiénes van a ser sus herederos.

Si son el cónyuge, los ascendientes o descendientes, la declaración de herederos puede hacerse en una notaría de la localidad de residencia del causante mediante Acta de Notoriedad. En los demás supuestos hay que acudir a un procedimiento judicial de declaración de herederos, que se tramitará ante el Juzgado de Primera Instancia: un proceso que puede durar varios meses. Para hacer un testamento, lo más recomendable es ir a una notaría y a un experto en sucesiones para que nos informen de las leyes vigentes al respecto de las herencias que, como se ha dicho, varían y no son las mismas en todos los territorios.

Existen diferentes normas forales en Álava, Aragón, Baleares, Cataluña, Extremadura, Galicia, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya. Estas diferencias provocan que en el momento de heredar una vivienda la presión fiscal varíe en uno u otro territorio, por ejemplo, se permite al cónyuge y a los hijos una reducción de 100.000 euros sobre la base imponible y, a su vez, la opción de reducir el valor de la vivienda habitual heredada en un 95% con un límite de 500.000 euros del total, limitando el pago del cónyuge a un 1% de la cuota. Por su parte, la reducción por parentesco se fija en 16.000 euros para cónyuges, ascendientes y descendientes así como una reducción del 95% en el caso de vivienda habitual, con un límite de 123.000 euros, y, al igual se limita el pago del cónyuge a un 1% de la cuota. Disolución de la sociedad conyugal, inventario, avalúo, adjudicación y aceptación de la herencia.

Se debe hacer en una escritura pública ante notario, correspondiendo la iniciativa a los herederos: Es necesario disolver, si no lo estuviera ya, la sociedad conyugal, realizando un inventario de los bienes que forman parte de la masa hereditaria. El avalúo supone adjudicar un valor a cada uno de los bienes que se van a heredar. Una vez relacionados y valorados, los propios herederos deben realizar una adjudicación de los bienes a cada uno de los herederos, en función de la cuota hereditaria que le corresponda. Finalmente, los herederos deberán manifestar la aceptación de la herencia. Sólo a partir de este momento los bienes ya se han transmitido, ya son de los herederos. Inscripción Registral Una vez aceptada la herencia y haberla inscrito en el Registro de Propiedad, ya nos podremos considerar, a todos los efectos, propietarios. Herencias Tramitaciones Una vez que se ha producido la defunción de un ser querido precisamos de determinada tramitación para poder llevar a cabo la gestión relativa a la herencia: todo aquel que recibe una herencia está sujeto al impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Al estar su gestión cedida a las comunidades autónomas, habrá que comprobar en cada caso si tenemos obligación de presentarlo o no Herencia Tramites Tasación Inmuebles Resumen Herencia Herencia Certificado Energético Venta y alquiler de Inmuebles Málaga Documentación necesaria Obtención de Certificados. Lo primero que necesitamos es el “certificado de fallecimiento”. Una vez que tenemos en nuestro poder el certificado de fallecimiento, y sólo tras haber transcurrido quince días desde el mismo, podemos solicitar el “certificado de últimas voluntades y seguros de vida contratado”.

En el certificado de últimas voluntades constara si el fallecido otorgó o no testamento, y en caso de existir testamento ante que Notario, ya que habrá que acudir al mismo para que nos facilite una copia del testamento, que sólo la pueden pedir los herederos del fallecido. Liquidación y adjudicación de la Herencia. Con esta documentación ya podemos comenzar a realizar, todas las gestiones encaminadas a la liquidación y adjudicación de la masa hereditaria. En este punto, podemos distinguir dos tipos de situaciones: Que exista acuerdo entre todos los herederos, habiendo otorgado o no testamento el fallecido, en cuyo caso las operaciones de la herencia se facilitan mucho, tanto en tiempo como en costes. Que no exista acuerdo entre todos los herederos, o no se encuentre a algún heredero, o no cualquier otra circunstancia que obligue a acudir a un procedimiento judicial de partición de herencia (más costes y mayor duración del proceso de adjudicación). firma de herencia y aceptación para venta de inmueble.

¿Qué impuestos hay que pagar por una herencia? Tanto en un supuesto como en otro, hay que cumplir con los tributos que gravan las adquisiciones por herencia, esto es: el Impuesto sobre sucesiones, de la Comunidad, para que el la normativa prevé un plazo de seis meses, prorrogable a otros seis, pero generando intereses del 4% anual. Y la plusvalía, de naturaleza municipal, para el que también se establece el plazo de seis meses, cabiendo también la posibilidad de solicitar prórroga, sin que en este caso se generen intereses. Determinación y Localización de los bienes del fallecido. Para la determinación de los bienes que formaban parte del patrimonio del fallecido y que van a integrar la masa hereditaria, podemos acudir, a modo de ejemplo, al: Registro de la Propiedad, para comprobar si existían bienes inmuebles a su nombre a fecha de fallecimiento.

Las entidades bancarias, normalmente los familiares son conocedores de la existencia de cuentas corrientes u otro producto bancario o financiero y en que bancos están depositados. Se precisará un certificado de la entidad bancaria con los saldos existentes, a fecha de fallecimiento, en las cuentas corrientes titularidad del fallecido. Registro Mercantil, para comprobar si el fallecido era socio o partícipe en alguna sociedad mercantil. Venta de pisos y inmuebles de lujo en Málaga Proindiviso Proindiviso. “Situación en la que se encuentra una propiedad antes de ser repartida y dividida entre sus propietarios” Una vivienda, en principio, no puede ser dividida entre dos o más copropietarios (baño para uno, habitación para otro…) porque se desvirtúa por el completo la utilidad de la propiedad. Los proindivisos pueden aparecer por muy diversas causas, pero principalmente nacen de tres circunstancias.

Compra conjunta de un inmueble entre varios socios de un negocio – Compra de una propiedad entre los dos cónyuges. – Herencia de un inmueble entre varios herederos del propietario fallecido. En España actualmente hay miles de propiedades en régimen de proindivisión, generalmente son propiedades que no se ponen en el mercado con el fin de alquilarlos o venderlos debido a desavenencias y discrepancias entre los copropietario Una buena solución temporal para la gestión de un inmueble en situación de proindiviso, es alquilar el inmueble así obtener ciertos beneficios hasta que se llega a un acuerdo entre los propietarios, además la situación de alquiler no impide la venta del inmueble y en muchos casos para cierto tipo de inversores, puede ser un aliciente al contar con una retribución desde el momento de la compra de la vivienda. Agencias especializadas en la venta o el alquiler de inmuebles en Málaga son Málaga Inmobiliaria para viviendas de lujo o Málaga.

Alquiler Barato para viviendas económicas, no obstante hay más inmobiliarias en Málaga especialistas tanto en venta y alquiler de todo tipo de Inmuebles. Accidentes Abogados a comisión Accidentes de tráfico Negligencias médicas Accidentes laborales Indemnización por accidente Mordedura de perro Responsabilidad civil por lesiones Administrativo / Multas Reclamación de cantidad Recursos multas de tráfico Céntimo sanitario Recurso de multas por consumo de drogas Civil Impagados, cobro de impagados, juicio monitorio Juicio verbal Juicio ordinario Participaciones preferentes cláusula suelo Incapacitación judicial Empresas Constituir Sociedad sl Concurso de acreedores Startups y emprendedores Contabilidad e impuestos sl Contabilidad e impuestos autónomos Extranjería Tramitación permiso de residencia Adquisición nacionalidad española Residencia por compra de vivienda o inmueble Fiscalistas Impuestos de Sociedades.

Procedimiento tributario Impuesto sobre personas físicas Herencias Tramitación de herencia con testamento Tramitación de herencias sin testamento Declaración de herederos judicial Inmobiliario Desahucios Desahucio con reclamación de rentas abogados cooperativas Reclamación impago cuotas comunidad de propietarios Proindiviso división de cosa común contrato de arrendamiento, redacción Administración de fincas Proindiviso venta de proindiviso Laboralistas Despido Reclamación a la seguridad social Matrimonialistas Divorcio mutuo acuerdo Divorcio mutuo acuerdo con hijos sin bienes Divorcio mutuo acuerdo con hijos con bienes Divorcio contencioso Modificación medidas mutuo acuerdo Modificación medidas contencioso Reclamación pensión de alimentos Nulidad matrimonial Adopciones Penalistas Juicio de faltas Juicio rápido alcoholemia.

Asistencia en Comisaría Drogas, tráfico de drogas Juicio rápido Procedimiento abreviado, robo, hurto, agresión, estafa Violencia de género Defensa en fase de instrucción cuenta con un equipo de expertos profesionales, especialistas en materia de derecho y fiscalidad principalmente en las áreas urbanística, transacciones comerciales inmobiliarias, patrimonial, societario y extranjeros. Lo que nos permite prestar un asesoramiento integral con las mayores garantías y seguridad jurídica. Servicios a Particulares: Expedientes Sucesorios (herencias, testamento, ab-intestato).. Legalización de fincas en registros públicos (expedientes de dominio, inmatriculaciones). Impuestos sobre la renta de las personas físicas y patrimonio. Permisos de residencia y trabajo, matriculación de vehículos. Expedientes administrativos (sanciones, inspecciones tributarias, licencias y permisos). Procedimientos arrendaticios (desahucios, reclamación de rentas).

Reclamación de deudas, procedimientos monitorios. Servicios a Empresas: Nuestros clientes objetivos son los profesionales, PYMES y Sociedades Patrimoniales, tanto nacionales como extranjeros que quieren externalizar estos servicios o instalarse en España sin incurrir en riesgos ni en compromiso de grandes recursos. Dentro de este punto, la primera ventaja que se le ofrece es la posibilidad de aprovecharse de sinergias con otras áreas de servicios prestados por nuestra firma de manera a ofrecer a nuestros clientes un servicio integral de servicios. Constitución de sociedades, redacción de estatutos, modificación y soporte a juntas. Asesoramiento legal y fiscal de la sociedad. Llevanza de Contabilidades y Preparación de Cuentas Anuales. Liquidación de Impuestos. Fiscalidad internacional. Estudios de puesta en marcha y viabilidad de negocios. Gestión de subvenciones Financiación y Seguros Administración de Comunidades y Propiedades Particulares.

Servicio profesional de calidad, con el máximo rigor y transparencia en la gestión de su propiedad o de su comunidad de propietarios… Legal y Fiscal Especialistas en materia de derecho y fiscalidad relacionada con el área urbanística, tramitaciones TRAMITACIONES Asimismo le realizamos, tanto a empresas como a particulares , la tramitacion integra, y a un precio muy asequible, de todos los tramites necesarios una vez que ha firmado ante Notar¡o, una Escritura ya sea de Compraventa, particion de herencia, segregacion, extincion de comunidad, constitucion, disolucion, modicaciones de sociedades, etc. De forma que nosotros nos encargamos de todo, tanto de la liquidacion del Impuesto Transmisiones Patrimoniales y AJD.

La Plusvalia del Ayuntamiento, modificacion en el catastro, y tramitacion en los distintos registros tanto de la propiedad o mercantil. Desplazandonos a la Notaria que nos indique para retirar la Escritura que ha firmado, y realizarle toda la tramitacion, para que una vez terminada y cuando se la entreguemos ya no tendra mas tramite que realizar. Y en cuanto a la particion de herencia o Declaracion de bienes le realizamos el Impuesto sobre Sucesiones y la presentacion en la Oficina liquidadora que le corresponda. Servicios principales. Gestoria Gestiones bien resueltas, hoy y mañana Somos especialistas en gestión inmobiliaria.

En el amplio abanico de gestiones, contratos y trámites administrativos vinculados al mundo del inmueble, garantiza la mejor resolución jurídica y administrativa en cada caso. Le ofrecemos los siguientes servicios: Herencia de inmuebles: tratamos todos los problemas específicos asociados a las herencias, llevamos a cabo la negociación y la resolución de conflictos entre herederos y ofrecemos asesoramiento en el ámbito de los impuestos. Contratación: en alquileres, compra o venta de inmuebles. Revisión de contratos coordinada con asesoramiento jurídico, a fin de evitar cláusulas poco claras o abusivas y proteger sus intereses. Donaciones: cambios de nombre de inmuebles. Ahorro de impuestos sujetos a inmuebles.. Trámites en registros de la propiedad y de hipotecas y todo tipo de tramitaciones administrativas.

Las renuncias de herencias son ya cinco veces las del inicio de la crisis La falta de liquidez para pagar el impuesto de sucesiones multiplica el rechazo al legado de los familiares Sólo la reactivación del mercado inmobiliario podría cambiar la tendencia La historia ha cambiado en muy pocos años. Las herencias que antes eran esperadas en las familias como un maná, ahora son un quebradero de cabeza para muchas. Las elevadas cantidades que obliga a pagar el impuesto de sucesiones o las deudas crecientes entre los fallecidos son razones más que suficientes ahora para su repudio en hogares de maltrecha economía. La crisis también afecta a la transmisión de bienes de los fallecidos y la muestra es el espectacular aumento de las renuncias a los legados por la imposibilidad de afrontar su coste económico.

El comportamiento es generalizado en España, pero es significativo: las renuncias se han multiplicado por cinco desde el inicio de la actual coyuntura. Más claro: si en el primer semestre se produjeron en la provincia renuncias a herencias, en el primero de este año El incremento, nada menos qVisto de otra forma: en aquel primer semestre Estos datos del Colegio Notarial de Andalucía reflejan un aumento progresivo en los últimos siete años. Ha sido un efecto con el que no contábamos al principio de la crisis, confiesa el notario.

Los números son claros en el reflejo de la nueva tendencia observada. Por ejemplo, el total de renuncias registradas en las notarías fueron superadas con margen sólo en el primer semestre Y el total prácticamente fue igualado en los primeros seis meses de Un botón de muestra más: el total de herencias repudiadas fueron superadas en el segundo semestre, con que marca el máximo histórico semestral hasta el momento en la provincia cree que son varias las razones que hay detrás de este aumento de las renuncias en los procedimientos sucesorios. La principal, asegura, la falta de liquidez en la propia herencia, que facilite el pago de los impuestos generados, o la dificultad para liquidar parte de los bienes y afrontar este pago, como la imposibilidad de atender con el propio bolsillo este coste sobrevenido.

La situación, apunta el notario se convierte en un verdadero problema para las familias, agravado con la carga fiscal del impuesto de sucesiones, que en Andalucía es superior a comunidades como Málaga, y con las plusvalías municipales, que da muchos palos a las familias. lo explica muy gráficamente: La gran diferencia de ahora con el principio de la crisis es que antes se recibían en herencia dos pisos y se vendía en cuestión de días uno de ellos para el pago de los gastos e impuestos, e incluso para repartir un dinero. Ahora, ni en días ni en semanas ni en meses. Los inmuebles no tienen salida y los herederos se encuentran con un grave problema de liquidez para hacer frente a la elevada carga fiscal asociada a la sucesión. Otras causas de renuncia menores son las relacionadas con la existencia de deudas en la herencia; razón recurrente pero de menor impacto. Para ello está la vía de aceptación a beneficio de inventario, condicionada a la existencia de pasivo, aunque se trata de una figura, asegura mal regulada.

O también la relacionada con una maniobra fiscal, por la que la primera línea sucesoria renuncia para que la herencia se fraccione en la segunda y no alcance el umbral mínimo establecido por la ley para tributar. Esta opción ha existido siempre, admite el delegado del Colegio Notarial de Andalucía, aunque siempre hay padres que prefieren pagar lo que sea antes de inscribir ya a sus hijos como beneficiarios de la herencia recibida. Comunes son también las renuncias entre hermanos para que uno de ellos se quede con la totalidad, previo acuerdo. Pero ninguna de estas opciones adicionales son causantes del espectacular incremento de los últimos años. La tendencia se irá minimizando -afirma- cuando se anime el mercado inmobiliario, que devuelva la liquidez a las familias y así puedan afrontar los costes. Servicios Abogados Abogados civil Albacea Arras Arrendamientos Asociaciones Cobro de deudas Cobro de morosos Compra casas Compra inmuebles Compra locales Compra pisos Compraventas Contrato de arras.

Contratos privados Daños Declaración de ausencia Defunciones Desahucio Donaciones Embargo de bienes Embargos Fundaciones Incumplimiento de contrato Legítimas Propiedad horizontal Morosidad Reclamaciones de cantidad Separaciones Sociedades civiles Usufructos Abogados concursales Ley concursal Abogados contencioso Recursos contra Administración autonómica Recursos contra Ayuntamientos Recursos contra la Administración General del Estado Abogado desahucio Abogado notario Escritura pública Escrituras Fe notarial Fe registral Hipotecarios Hipotecas Inscripción de actos Procedimiento notarial Procedimiento registral Registro de la Propiedad Abogados expropiaciones Expropiación de bienes y derechos Expropiación de suelo Expropiación de terrenos Abogados de familia Concubinato Derecho de visitas Divorcios contenciosos Abogado divorcio Divorcios mutuo acuerdo Guarda y custodia de menores Matrimonialistas Incumplimientos régimen de visitas.

Matrimonio Abogado nulidad matrimonial Obligación de alimentos Parejas de hecho Parentesco Paternidad Pensión alimentaria Pensión alimenticia Pensión compensatoria Pensión de alimentos Pruebas de paternidad Régimen de gananciales Régimen económico mantrimonial Relaciones paterno filiales Abogado separación Separación de bienes Separación mutuo acuerdo Tribunal de la Rota Tutela Abogados herencias Herencias Declaración de herederos Herencias yacentes Impuesto de sucesiones Impuestos herencias Legados Nulidad de testamento Revocar testamento Sucesiones.

Sucesiones mortis causa Testamentaría Testamento abierto Testamento cerrado Testamento marítimo Testamento militar Testamento ológrafo Testamentos Testamento realizado en el extranjero Testamentos comunes Testamentos especiales Tramitación de herencias últimas voluntades Honor Intimidad e Imagen Defensa de la dignidad Delitos contra el honor Derecho a la intimidad Derecho a la propia imagen Derecho al honor Insultos Abogado inmobiliario Alquileres Compraventa locales Compraventa pisos Compraventas de obra nueva Compraventas de segunda mano Contratos de arras Contratos inmobiliarios Defectos en la construcción Inmobiliarios Inmuebles Permutas Permutas de suelo y edificabilidad Procedimientos de desahucio Responsabilidad de agentes de la construcción Tramitación fiscal de la compraventa Traspasos Abogado médico.

Negligencias médicas Abogados mercantil Acuerdos entre socios Cheques Competencia desleal Constitución de sociedades Constitución de sucursales y filiales Contratación mercantil Contratos mercantiles Derecho bancario Derecho societario Empresas Entidades sin ánimo de lucro Insolvencia Joint ventures Juntas de accionistas Letras de cambio Mercantilistas Pagarés Reestructuraciones societarias Reformas estatutarias Responsabilidad de accionistas y consejeros Sociedades Anónimas Sociedades Limitadas Abogado penalista Aborto Abusos Abusos a menores Abusos sexuales a menores Acoso Acoso sexual Agresiones Agresiones sexuales Allanamientos Amenazas Asesinatos Asistencia al detenido Blanqueo de capital Calumnias Coacciones Consumo drogas Contrabando Criminalistas Delitos Delitos contra la libertad sexual.

Delitos contra la salud pública Delitos contra la seguridad en el tráfico Denuncias Detención ilegal Difamación Diligencias de instrucción Drogas Estafa Estupefacientes Falsas acusaciones Falsedad doumental Falsedades Falsificación de documento Faltas Fraude Homicidio Homicidio imprudente Hurto Injurias Juicios de faltas Juicios rápidos Lesiones Malos tratos Maltrato Mentiras Ocupación ilegal Ocupas Okupas Penalistas Permisos de tercer grado Procedimientos de menores Quema de banderas Querellas Robo con fuerza Robo con violencia e intimidación Robos Torturas Tráfico de drogas Trata de mujeres Tribunal del Jurado Violación Violencia doméstica Violencia escolar Violencia familiar Maltrato infantil.

Abogados propiedad industrial Abogados propiedad intectual Reclamacion de cantidad Deudas Impagos Intereses de demora Pendientes de cobro Abogado fiscal Delitos contra la Hacienda Pública Delitos fiscales Fiscalidad inmobiliaria Impuesto sobre el Patrimonio Impuesto sobre Sucesiones Presentación de declaraciones Abogado urbanismo Convenios urbanísticos Instrumentos de gestión urbanística Instrumentos de ordenación del territorio Instrumentos de planeamiento urbanístico Planes de ordenación territorial Promociones urbanísticas Proyectos de compensación urbanística Proyectos de reparcelación Recalificaciones del suelo Tramitación de licencias urbanísticas Abogado violencia de genero Agresiones a la libertad sexual Delitos de violencia de género Denuncias falsas de violencia de genero Malos tratos físicos Orden de alejamiento Violencia contra la mujer Abogado tráfico Accidentes Accidentes automovilísticos Accidentes carretera.

Accidentes coches Atropellos Caidas motos Coches golpes Colisiones Daños materiales Daños personales Indemnizaciones por accidente Indemnizaciones por atropello Reclamaciones ante Ayuntamientos Reclamaciones ante la Administración Responsabilidad patrimonial de la Administración Sanciones administrativas Mediación y arbitraje En multitud de ocasiones dejamos de percibir un dinero que nos pertenece por no saber como reclamarlo, tenemos un accidente y no sabemos que documentación tenemos que recoger (testigos, fotos, declaraciones)… ¿quiero echar a mis inquilinos y no se como hacerlo? , Tengo que realizar una herencia sin testamento y no se como repartir los bienes. ¿Quiero constituir una empresa y no se cual es la mejor forma de hacerlo? Soy autónomo y deseo que un equipo de profesionales se encarguen de la gestión de mi negocio. Venga a conocernos….solucionaremos su problema.

Somos especialistas: ESPECIALIDADES MATRIMONIAL ¿NO AGUANTO más ESTA SITUACIÓN? Separaciones Divorcios. Modificación de medidas (Régimen de visitas, pensiones, vivienda familiar, guarda y custodia, etc…). Liquidación de bienes gananciales. Reclamaciones de pensiones. Filiación. Incapacitación judicial. Reclamaciones de alimentos entre parientes. Reconocimiento paternidad y maternidad Consulta presupuesto HERENCIAS ¿Y AHORA QUE QUEDA? Escrituras de herencias. Aceptaciones de herencias Tramitaciones de herencias Redacción de cuaderno particional, Reclamación de legítimas… Impugnación de testamentos Consulta presupuesto.

PENAL ¿QUIERO DENUNCIAR O ME HAN DENUNCIADO? Violencia familiar Económicos: Estafa y alzamiento de bienes Falsedades y falsificaciones Daños y lesiones Calumnias e injurias Coacciones Omisión del deber de socorro Allanamiento de morada Robo y hurto Apropiación indebida Propiedad intelectual, industrial y consumidores Desobediencia a la autoridad judicial Acusación y denuncias falsas Falso testimonio Consulta presupuesto