MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE. MI HIJO TIENE UN CONTRATO DE TRABAJO DEL AÑO 2003 AHORA LO DESPIDEN ALEGANDO PERDIDAS CUANDO hAN ESTADO HACIENDO HORAS EL AÑO PASADO. CUANTOS DIAS LE CORRESPONDE POR AÑO quisiera saber quisiera saber con que salario se haria mi indemnizacion para despido injustifcado, en los ultimos meses e tenido 3 salarios distintos y no se que salario se me pueda considerar al momento de determinar mi indemnizacion… en la empresa que trabajo van a hacer recortes de personal en mi departamento, exactamente somos 6 personas y se quedarán 3. aportándose como sentencia de contraste la STSJ A mayor abundamiento, no todos los trabajadores demandan con el consiguiente ahorro.
Independientemente del reconocimiento de la improcedencia por parte de la empresa en la carta, lo más aconsejable es que se realice siempre en el acto previo a la demanda del juicio, para que no tribute en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La nulidad del despido El despido en España es casi libre. Perder tu trabajo puede generar distintas emociones. Por consiguiente no resulta necesario, en ningún caso, un acuerdo conciliatorio en el SMAC o en el Juzgado. La tributación de la indemnización por despido es una cuestión de suma importancia, más aún en un contexto económico y social como el que estamos atravesando. No son pocas las dudas que se le pasan por la mente al trabajador despedido, desde el tan recurrente «por qué» o «qué voy a hacer ahora» hasta las más técnicas sobre «cuánto cobraré de paro» o «durante cuánto tiempo».
A esta lista de preguntas hay que añadir otra: ¿tengo que pagar a Hacienda una parte de mi indemnización por despido? hucha y martillo Lo lógico sería pensar que no, que una cantidad percibida por algo tan sensible y delicado como es un despido debería estar exenta de tributación, máxime con las implicaciones que conlleva el ser despedido en un momento como el actual. Una indemnización por despido no es sino un rendimiento del trabajo, por lo que deberá tributar – en principio – al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Y en los ultimos 4 meses me encuentro en situación de baja por enfermedad. Necesito ayuda pues se han comportado muy injustamente conmigo y no voy a dejar que salgan de rositas. Excepto si el contrato se acoge al plan de fomento de la contratación indefinida, que rebaja la indemnización a 33 días por año trabajado.
En caso de despido objetivo o colectivo o de extinción unilateral del contrato por parte del trabajador debido a un traslado de la empresa o a una reconocida modificación sustancial de las condiciones laborales, la cuantía a percibir es menor: de 20 días por año trabajado. Las indemnizaciones son siempre superiores a las que existen por finalización del contrato de obra o servicio (8 días por año trabajado) o por dimisión del trabajador, mutuo acuerdo entre las partes o despido disciplinario (que no tienen indemnización). La indemnización por despido no puede superar unos determinados límites. En primer lugar, estará exenta la indemnización por despido en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los trabajadores o normativa de desarrollo.
Esto significa que están exentas de tributación las cantidades de la indemnización por despido de hasta 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades hasta marzo del 2012, fecha en que se aprobo la ley de la reforma laboral, y de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades desde entonces. Al exceso de dicha cuantía se le podrá aplicar una reducción del 40 % si la indemnización no se obtenido de forma periódica o recurrente y tiene un periodo de generación superior a dos años. El despido colectivo será aquel que afecte en un periodo de 90 días al menos a los siguientes trabajadores: – 10 trabajadores en la empresas que ocupen menos de 100 trabajadores. Le paga la nómina todos los meses y el % de los viajes en negro. POR FAVOR SOLICITO AYUDA URGENTE Y SABER COMO PROCEDER.
Debe incluirse como privativa la parte de la indemnización por despido correspondiente al período anterior al matrimonio. Ahora, otra cuestión que surge es si resulta preciso incluir en el activo de una liquidación de gananciales la futura indemnización por despido que va a percibir uno de los cónyuges cuando finalice el procedimiento (laboral o no) que está en trámite. ¿Qué ocurre cuando el despido se produjo en estado de casados, pero la indemnización se percibirá estando ya disuelta la sociedad de gananciales? A mi parecer, se debe de determinar si el derecho a percibir la indemnización ha nacido mientras estaba vigente la sociedad de gananciales o no.
No obstante el contrato de trabajo o el convenio colectivo podrá fijar una indemnización de cuantía superior. aparte tuvo una carta hace años en la que pone que abandono su puesto de trabajo (un dia que fue a quitar unos carteles de recien pintado, y dejo la carretilla en el pasillo y paso el jefe la vio sola) pero no abandono el recinto, vaya adornando todo la empresa, lo despidio simplemente por dejar un bidon de pintura, ellos alegan que es perjudicial a los pajaros, que fue un abandono de su trabajo un descuido de material y demas, mi novio tanto en aquella carta de hace años como en el papel del despido puso no conforme y no firmo nada, el caso esque le querian dar 15000 euros de finiquito y todo, y el no acepto, la abogada dice que le pertenecen y van a juicio el juicio es en abril pero la abogada dice que para ella que es improcedente pero si la juez declara que es procedente no le pagan ni un duro la empresa y ademas el tiene que pagar todos los gastos, vosotros que creeis que es procedente??? espero vuestra respuesta desesperadamente me han despedido y me quieren pagar solo 20 días por año, no yo estoy de acuerdo creo que es un despido improcedente y no estoy segura de cuanto me deberían pagar por año trabajado. A ver me despiden por poner a otra persona en mi puesto de otra oficina que han cerrado, mi puesto de trabajo no le perjudicaba el cierre de la otra oficina porque es otra empresa, no he tenido nunca una queja ni una amonestación de mis superiores ni de mis jefes de la empresa para la cual trabajo, nunca he cogido la baja por enfermedad. la pregunta es: es un despido improcedente?